Resolución Expediente Acta Nº
Nº 561/023 0908-69-001-2023 65/2023
 
Referencia
INVITACIÓN AL FORO IBEROAMERICANO DE REGULACIÓN Y A LA ASAMBLEA ANUAL DE ADERASA
 
Resolución

 

VISTO: en el Expediente N° 0908-69-001-2023, la invitación cursada para participar del “Décimo Quinto Foro Iberoamericano de Regulación” (FIAR) y la “Asamblea Anual de los miembros de ADERASA”, que se desarrollará del 29 al 30 de noviembre de 2023, en la ciudad de Lima – Perú; 

RESULTANDO: I) que el mencionado Foro será un espacio enriquecedor para la discusión y el intercambio de ideas en torno a los desafíos y oportunidades que se enfrentará en la gestión del recurso hídrico;

II) que la Asamblea Anual brindará un espacio para fortalecer los lazos como asociación y tomas de decisiones conjuntas que impactarán positivamente en la regulación del agua y saneamiento de la región; 

III)  que los organizadores no cubren gasto alguno;

IV) que, al evento concurrirán el Vicepresidente de Ursea, Sr. José Hualde y la Jefa de Agua y Saneamiento, Ing. Sandra Rodríguez, por lo que corresponde cubrir todos los gastos correspondientes a la Misión Oficial;

V) que Contabilidad informa que existen créditos disponibles para la correspondiente Misión Oficial;

CONSIDERANDO: I) que se debe aplicar la política de disminución del gasto prescindible a las misiones y comisiones de servicios en el exterior;

II) que corresponde resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 17.598, de 13 de diciembre de 2002, en la redacción dada por la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, en el artículo 19 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en el artículo 54 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en el artículo 46 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, Decreto Nº 148/992, de 3 de abril de 1992, Decreto Nº 229/996, de 18 de junio de 1996, Decreto Nº 56/002, de 19 de febrero de 2002, Decreto Nº 7/009, de 2 de enero de 2009, Decreto Nº 108/015, de 7 de abril de 2015 y Decreto Nº 206/016, de 4 de julio de 2016; Decreto N° 288/017, de 9 de octubre de 2017;

 

EL DIRECTORIO DE URSEA

RESUELVE:

 

1) Designar en Misión Oficial al Vicepresidente de Ursea Sr. José Hualde y a la Jefa de Agua y Saneamiento, Ing. Sandra Rodríguez, para participar “Décimo Quinto Foro Iberoamericano de Regulación” (FIAR) y la “Asamblea Anual de los miembros de ADERASA”, por el período del 28 de noviembre al 02 de diciembre de 2023, en la ciudad de Lima – Perú;

2) Autorizar el pago de los pasajes aéreos por el tramo Montevideo – Lima – Montevideo, incrementado en un 15% por posibles variaciones al momento de su emisión, asciende a la suma de hasta U$S 2.376 (dólares estadounidenses dos mil trecientos setenta y seis);

3) Autorizar la liquidación de viáticos desde el 28 de noviembre al 02 de diciembre de 2023 para los participantes; por un monto total de U$S 1.816,40 (mil ochocientos dieciséis con 40/100) correspondientes a 5 (cinco) días de viáticos: 3 (tres) días al 100% y 2 (dos) días abatidos en un 60%, conforme a lo preceptuado en el Artículo 8 del Decreto N° 56/002 de 19 de febrero de 2002, a la ciudad de Lima, a un valor diario de U$S 239 (doscientos treinta y nueve), los que se abonarán de acuerdo a la escala básica de viáticos del Ministerio de Relaciones Exteriores y se ajustarán por las variaciones que se operen en la mencionada escala en el citado período.

4)  Autorizar la compra del seguro del viajero por un total de U$S 118,40 (ciento dieciocho con 40/100).

5) Las erogaciones respectivas serán atendidas con cargo al Presupuesto Operativo de Ursea 2023, en los Objetos de Gastos N° 235 000 “Viáticos fuera del país” y 232 000 “Pasajes al exterior contratados en el País y 264 000 “Primas y otros gastos de seguros contratados en el país”

6)  Comuníquese a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a sus efectos.

7) Notifíquese a los funcionarios designados que deben dar cumplimiento a lo establecido en los Instructivos de CGN N° 5/2017 y 10/2021 sobre la obligación a rendir cuentas de los viáticos autorizados.

8)  Publíquese en el sitio web de Ursea y, oportunamente, archívese sin perjuicio.

 

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 65/2023 de fecha 10/17/2023